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Riesgos laborales durante el embarazo y/o lactancia

Los riesgos laborales están presentes en todas las actividades en mayor o menor medida. Incluso el trabajo que parece más cómodo y seguro, implica un riesgo para la salud a nivel físico o mental. Si siempre es importante proteger la salud del los empleados, esto se vuelve prioritario cuando se trata de mujeres embarazadas o en período de lactancia.

Porque en estos casos no solo se trata de proteger su salud, sino que está implicada directamente la de su hijo.

Riesgos laborales y sus consecuencias negativas durante el embarazo y la lactancia

El artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales recoge una especial protección de las mujeres durante las situaciones de embarazo, parto reciente o lactancia. Esto se debe a que, en este momento, la salud de las mujeres debe ser especialmente protegida para garantizar la seguridad de su bebé.

Al margen de los riesgos propios de cada puesto de trabajo, existen una serie de riesgos que pueden afectar a las mujeres que están esperando un hijo o están en lactancia. Por ejemplo:

  • Trabajo pesado.
  • Manejo de cargas.
  • Posturas forzadas.
  • Horarios prolongados.
  • Imposibilidad de hacer descansos.
  • Condiciones de trabajo estresantes.
  • Exposición a sustancias químicas.
  • Trabajo a turnos.
  • Trabajo nocturno.

Precisamente por ello, si el trabajo implica algún riesgo para la embarazada o la mujer en lactancia, la empresa debe adaptar su puesto. Se trata de apartar lo máximo posible a la trabajadora de esos riesgos.

En caso de que el cambio o adaptación temporal del puesto no sea posible, la afectada puede pasar a una situación de baja por riesgo durante el embarazo o la lactancia.

¿Cómo funciona la baja por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural?

Esta es una suspensión del contrato de trabajo que se produce solo en aquellos casos en los que no es posible un cambio de puesto de la mujer o una adaptación del mismo para alejarla de los riesgos inherentes a él. No es, por tanto, una baja asociada a un problema de salud (no es una incapacidad temporal), sino para proteger la salud de la mujer y de su hijo.

La mujer tiene derecho a percibir un subsidio mientras se mantenga en esta situación. Prestación que equivale al 100% de su base reguladora, y de la que se deducirán las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones de IRPF.

En el caso de la baja por riesgo durante el embarazo, esta situación se prolongará hasta que la mujer dé a luz y pase a estar de baja por maternidad. Salvo que antes de ese momento la empresa pueda hacer los cambios necesarios, y la empleada pueda volver a su trabajo con todas las garantías de seguridad para su salud y la de su hijo.

La baja por riesgo durante la lactancia natural puede extenderse por un máximo de nueve meses a contar desde el nacimiento del niño. No obstante, la trabajadora puede reincorporarse antes a su puesto, si es posible la adaptación del mismo o el cambio para evitar riesgos, o si da por finalizada la lactancia natural.

Consejos para una buena protección frente a los riesgos laborales de las embarazadas y mujeres en lactancia

Como siempre que se trata este tema, la responsabilidad recae sobre ambas partes. La empresa debe poner los medios para proteger a sus empleados, pero estos tienen la obligación de cumplir con las normas de seguridad.

En el caso de mujeres embarazadas, para una mejor protección de su seguridad y salud, es importante que pongan su estado en conocimiento de la empresa lo antes posible.

A continuación, se evaluará el puesto de trabajo ocupado para ver si hay algún riesgo específico que pueda afectar a una mujer gestante. Si es así, se valorará si se pueden hacer cambios. Por ejemplo, si es un trabajo que implica pasar mucho tiempo de pie o sentado, se pueden pautar más tiempos de descanso a lo largo de la jornada.

Otra alternativa es evaluar las competencias de la empleada y ver si resulta más sencillo un cambio de puesto temporal.

Si no es posible hacer una adaptación o un cambio, la empresa debe informar a su empleada sobre la posibilidad de acceder a una baja por riesgo durante el embarazo. 

La actuación sería básicamente la misma en los supuestos en los que existe un riesgo durante la lactancia natural.

Si ambas partes colaboran y ponen de su parte, los riesgos laborales no serán un problema para las trabajadoras embarazadas ni para aquellas que están en período de lactancia. Como resultado, tanto las mujeres como sus hijos estarán a salvo de enfermedades, accidentes o lesiones. Si tu empresa está comprometida con este tema, pero necesita un socio de confianza para mejorar la seguridad, puedes contar con nosotros.

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