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Nuevo reglamento relativo a máquinas

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El Consejo de la UE adoptó el 22-05-2023 el nuevo Reglamento relativo a las máquinas, que fija los requisitos esenciales de seguridad y salud para todas las máquinas en la UE. Publicado en el DOUE en fecha de 29/06/2023.

Tiene como objetivos:

  • Garantizar un alto nivel de protección en salud y seguridad, para los trabajadores y los ciudadanos de la UE, tanto usuarios como personas expuestas.
  • La libre circulación de las máquinas en la UE.

Actualiza y deroga la vigente normativa relativa a máquinas Directiva 2006/42/CE y Directiva 73/361/CEE y las transforma en Reglamento. Así, tras la publicación en el DOUE será de directa aplicación, pasados los 20 días, en todos los estados miembros, sin que sea necesaria su publicación, en nuestro caso, en el BOE.

Novedades:

  • Ámbito de aplicación y definiciones: nuevo término a la definición de máquina. Modifica la definición de <<cuasi máquina>>. Incorpora definición de <<modificación sustancial>>.
  • Riesgos: Abarca los nuevos riesgos relacionados con las tecnologías emergentes.
  • Evaluación de la conformidad: Es obligatoria en seis categorías de máquinas de «alto riesgo», y debe ser realizada por terceros.
  • Documentación: Sigue siendo obligatorio facilitar la información de seguridad con cada producto, pero con instrucciones digitales. Las instrucciones en papel deberán ser solicitadas por el propietario.

Entrada en vigor y plazo para la aplicación obligatoria:

Una vez publicada en el DOUE entra en vigor a los veinte días. Los fabricantes, importadores y distribuidores de maquinaria de construcción dispondrán de 42 meses para preparar la implementación del nuevo reglamento, por lo que es de suma importancia comprender cómo afectará este nuevo marco legal a nuestra industria.

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